LA CUESTION DE LA DIGNIDAD HUMANA (I)
¿Cómo ha de tratar el hombre al hombre y por qué?
Introducción
El concepto de dignidad humana es la clave axiológica del antropocentrismo moderno y, en realidad, del transmoderno. A pesar de la defensa de los derechos de los animales o del valor interno de la naturaleza y de la vida, la ética que presta suelo moral a muchas Constituciones de las democracias liberales y a las declaraciones de los Organismos Internacionales es la ética de la dignidad humana. Y tanto los derechos humanos como las reflexiones de las éticas aplicadas siguen teniendo un punto de partida común en el concepto de dignidad.
Justamente, desde el 15 de mayo del actual 2011, estamos viviendo en nuestro país un “movimiento de indignación”. En las pasadas elecciones del 22 del mismo mes, algunos políticos clamaban el cambio “por la dignidad”. Seguramente podría haber coincidencias. Es posible. Lo que, por nuestra parte, carecen unos y otros es de un concepto de dignidad humana realmente conformador de una sociedad digna y sin indignados. Sólo los justos porque así ellos lo deciden.
La construcción de una sociedad digna del ser humano requiere el acopio de las tradiciones mejores que mejor han colaborado a la construcción de la persona de derechos y deberes. He aquí un poquito de “tradición” para no estar inventando el mundo constantemente. No le luce así al mundo.
Sin embargo, dos problemas al menos se plantean de inmediato. ¿Es la afirmación de la dignidad humana el dogma de una "moralina burocrática", que carece de fundamento? Y, por otra parte, ¿no es un concepto que está vacío de contenido y por eso se repite sin cuento como un tabú? Para responder a estas cuestiones es preciso recurrir a la historia del concepto y a cierta reflexión filosófica.
Historia y filosofía
Introducción
El concepto de dignidad humana es la clave axiológica del antropocentrismo moderno y, en realidad, del transmoderno. A pesar de la defensa de los derechos de los animales o del valor interno de la naturaleza y de la vida, la ética que presta suelo moral a muchas Constituciones de las democracias liberales y a las declaraciones de los Organismos Internacionales es la ética de la dignidad humana. Y tanto los derechos humanos como las reflexiones de las éticas aplicadas siguen teniendo un punto de partida común en el concepto de dignidad.
Justamente, desde el 15 de mayo del actual 2011, estamos viviendo en nuestro país un “movimiento de indignación”. En las pasadas elecciones del 22 del mismo mes, algunos políticos clamaban el cambio “por la dignidad”. Seguramente podría haber coincidencias. Es posible. Lo que, por nuestra parte, carecen unos y otros es de un concepto de dignidad humana realmente conformador de una sociedad digna y sin indignados. Sólo los justos porque así ellos lo deciden.
La construcción de una sociedad digna del ser humano requiere el acopio de las tradiciones mejores que mejor han colaborado a la construcción de la persona de derechos y deberes. He aquí un poquito de “tradición” para no estar inventando el mundo constantemente. No le luce así al mundo.
Sin embargo, dos problemas al menos se plantean de inmediato. ¿Es la afirmación de la dignidad humana el dogma de una "moralina burocrática", que carece de fundamento? Y, por otra parte, ¿no es un concepto que está vacío de contenido y por eso se repite sin cuento como un tabú? Para responder a estas cuestiones es preciso recurrir a la historia del concepto y a cierta reflexión filosófica.
Historia y filosofía
Sentido político y social
El concepto de dignidad comienza siendo político y social en Roma. Se relaciona con la pertenencia a la nobleza, con la función, el cargo o los méritos en favor de la res publica y depende, por tanto, del reconocimiento de una comunidad. También se relaciona con el comportamiento, los modales y el tipo de vida, lo cual lo conecta con términos como maiestas y decus.
Creado a imagen y semejanza de Dios
Al cabo del tiempo el Cristianismo, algunos estoicos y Cicerón alumbran un nuevo sentido de la noción de dignidad: se descubre su sentido interno, que constituye la verdadera base de la noción contemporánea de "dignidad humana". En esta innovación fue decisiva la noción bíblica de que el hombre es creado a imagen y semejanza de Dios.
En las reformulaciones medievales de la noción de dignidad por parte de Alberto Magno, Buenaventura y Tomás de Aquino se entremezclan los contenidos religiosos cristianos con la terminología filosófica propia del aristotelismo reemergente de la época. Se conecta la dignidad con la noción de persona, y se insiste en la racionalidad y libertad de la voluntad.
Artífice de la propia vida
Los humanistas resaltaron el puesto central del hombre en el cosmos y sus peculiares capacidades para actuar con libertad y responsabilidad en el mundo. Desde Petrarca, pasando por Facio, Manetti y Ficino, hasta Pico de la Mirandola, Vives y Erasmo, escriben a favor de la dignidad del hombre. En conexión con los argumentos teológicos tradicionales, pero incorporando motivos seculares e innovadoras reinterpretaciones de lugares y personajes de la tradición (griega y bíblica) destacaron la libertad y la capacidad del hombre para convertirse en artífice de su propia vida.
Valor de dignidad en virtud de la autonomía moral
La Ilustración francesa todavía recelaba de las connotaciones jerárquicas feudales del término 'dignidad'. De hecho, en la Declaración del 26 de agosto de 1789 el término 'dignidad' fue sustituido por el más igualitario de 'empleo', con la intención de resaltar el final del sentido político-social que había tenido aquél en la sociedades estamentales.
La defensa más potente de la noción de dignidad proviene de la Ilustración alemana, al menos desde mediados del s. XVIII, donde se entiende como algo interno, de carácter moral y absoluto. En este sentido, la contribución de Kant, especialmente en sus obras Fundamentación de la metafísica de las costumbres (1785) y Metafísica de las costumbres (1797), ha sido decisiva.
En Kant la noción de dignidad sirve para caracterizar el valor interno de la persona humana, en virtud de su racionalidad moral, su capacidad autolegisladora universal, en definitiva, su autonomía moral. Es éste un valor único, al que Kant denomina valor de dignidad. Cualquier otra cosa es susceptible de intercambio conforme a alguna equivalencia, todo lo demás puede tener algún precio, ya sea de carácter comercial o afectivo. Sólo la dignidad rompe los moldes anteriores e irrumpe como un valor de carácter incondicionado, del que la razón puede hacer uso para señalar un límite a todo intercambio comercial y afectivo, a todo precio, porque instaura un nuevo orden, nos abre otra perspectiva vital. Tan es así que, según el pensar poético de Machado, sólo el necio [¡el que no sabe! (el ignorante)] "confunde valor y precio". En este "valor de dignidad" se funda un humanismo ético, cuyo contenido fundamental es la libertad, y su lema podría formularse así: "hacer de la libertad virtud" (y así hacerse digno de ser feliz) y que tiene el firme propósito de hacer valer la dignidad. Un concepto que en el contexto de la filosofía práctica kantiana se configura como una categoría antroponómica (el hombre autolegislador), que expresa un ideal de humanidad -por muy incumplido que esté-, el valor de la humanidad y de la moralidad, el incondicionado práctico de la razón humana.
Este recorrido que hemos hecho de la mano DE Jesús Conill (2003) muestra la fuerza de las tradiciones para la construcción del presente. De hecho, Gadamer (2000) nos enseñó que la Ilustración manejó mal el concepto de “prejuicio”: no sólo es juicio falso, sino que puede ser juicio previo. Como también manejó mal el concepto de “tradición”, no sólo significa conservación, sino que además representa un momento de la libertad y de la historia. Incluso una revolución conserva mucho más de lo que se cree. Quienes hemos vivido en Cuba los últimos años bien que lo sabemos.
La defensa más potente de la noción de dignidad proviene de la Ilustración alemana, al menos desde mediados del s. XVIII, donde se entiende como algo interno, de carácter moral y absoluto. En este sentido, la contribución de Kant, especialmente en sus obras Fundamentación de la metafísica de las costumbres (1785) y Metafísica de las costumbres (1797), ha sido decisiva.
En Kant la noción de dignidad sirve para caracterizar el valor interno de la persona humana, en virtud de su racionalidad moral, su capacidad autolegisladora universal, en definitiva, su autonomía moral. Es éste un valor único, al que Kant denomina valor de dignidad. Cualquier otra cosa es susceptible de intercambio conforme a alguna equivalencia, todo lo demás puede tener algún precio, ya sea de carácter comercial o afectivo. Sólo la dignidad rompe los moldes anteriores e irrumpe como un valor de carácter incondicionado, del que la razón puede hacer uso para señalar un límite a todo intercambio comercial y afectivo, a todo precio, porque instaura un nuevo orden, nos abre otra perspectiva vital. Tan es así que, según el pensar poético de Machado, sólo el necio [¡el que no sabe! (el ignorante)] "confunde valor y precio". En este "valor de dignidad" se funda un humanismo ético, cuyo contenido fundamental es la libertad, y su lema podría formularse así: "hacer de la libertad virtud" (y así hacerse digno de ser feliz) y que tiene el firme propósito de hacer valer la dignidad. Un concepto que en el contexto de la filosofía práctica kantiana se configura como una categoría antroponómica (el hombre autolegislador), que expresa un ideal de humanidad -por muy incumplido que esté-, el valor de la humanidad y de la moralidad, el incondicionado práctico de la razón humana.
Este recorrido que hemos hecho de la mano DE Jesús Conill (2003) muestra la fuerza de las tradiciones para la construcción del presente. De hecho, Gadamer (2000) nos enseñó que la Ilustración manejó mal el concepto de “prejuicio”: no sólo es juicio falso, sino que puede ser juicio previo. Como también manejó mal el concepto de “tradición”, no sólo significa conservación, sino que además representa un momento de la libertad y de la historia. Incluso una revolución conserva mucho más de lo que se cree. Quienes hemos vivido en Cuba los últimos años bien que lo sabemos.
Concepto ético de carácter experiencial y antroponómico
Somos muchos los que pensamos que habría que revitalizar el sentido humanista e ilustrado del concepto de dignidad humana, que articula contenidos que provienen de la tradición bíblica, porque las tradiciones son una fuente de inspiración y de vida, desde las que hay que repensar, seleccionar y reinventar lo que resulta más valioso para vivir en plenitud.
Al animal fantástico que es el ser humano le hace falta un elemento incondicionado en el desarrollo de su razón práctica. La estructura transcendental de la razón lo necesita y un nombre para tal incondicionado ha sido el de dignidad. Una noción aprendida en la experiencia de la vida histórica, forjada a lo largo de diversas tradiciones, no inventada de la nada. La conexión de la noción de dignidad con el momento de lo incondicionado se sigue manteniendo explícita o implícitamente en muchas declaraciones y cuando se debaten aspectos éticos y jurídicos en todos los campos donde hay que dirimir conflictos graves, por ejemplo, en los últimos tiempos continuamente en cuestiones biomédicas, políticas y sociales. El punto crucial es siempre la protección de la dignidad humana. Porque en ella se cree encontrar el principio de los derechos humanos fundamentales o el valor jurídico fundamental para muchos debates y razonamientos, incluso los constitucionales. Pero muchos siguen pensando que es una fórmula vacía, porque en definitiva afirmar la dignidad equivale a sostener una instancia incondicionada, pero todavía hace falta conectarla con contenidos concretos y fundamentarla debidamente, cosas ambas difíciles, porque ¿qué contenidos son los que garantizan la protección de la dignidad humana?, ¿qué acciones atentan contra ella? ¿De qué es digno el ser humano y por qué?
En lo que concierne al contenido, las propuestas más relevantes de filosofía moral y política contemporánea se esfuerzan por precisarlo recurriendo a los derechos humanos, los "bienes primarios" (Rawls), la "igualdad de recursos" (Dworkin), las "capacidades básicas" (Sen), cuyo fin es empoderar a cada una de las personas y hacer realmente posible su libertad y su propia autorrealización.
Y, en cuanto al fundamento, rebasando su aceptación como una mera "creencia" o como una afirmación fáctica presuntamente autoconstituyente (pero impulsada por una funcionalidad pragmática), muchos siguen usando el concepto de dignidad humana con una carga metafísica, aun cuando en la época en que nos encontramos, oficialmente declarada postmetafísica, se presenta a menudo con carácter criptometafísico.
Un enfoque filosófico a la altura de nuestro tiempo tiene que pensar -también el concepto de dignidad- desde una "hermenéutica crítica", en la que se articulan dos lados: 1) el aspecto experiencial (incluso el componente sensible, emotivo, institual) del concepto, en el que se fusionan los horizontes históricos y culturales de los que se nutre (fusión de contenidos religiosos, humanistas, ilustrados, emancipadores, científicos), y 2) el aspecto transcendental, que a través de la reflexión ha sido capaz de descubrir el momento incondicionado de la razón y su configuración como categoría antroponómica en virtud de su contenido de libertad para autolegislarse.
El lector avispado puede sacar sus propias conclusiones para el análisis del momento político y social que está sucediendo en nuestro país. En una segunda reflexión entraremos de lleno en la tradición teológica sobre la cuestión de la dignidad. Menos popular y con peor prensa pero no por ello menos necesaria. Lo urgente no deja tiempo para lo necesario. Mafalda dixit.
Al animal fantástico que es el ser humano le hace falta un elemento incondicionado en el desarrollo de su razón práctica. La estructura transcendental de la razón lo necesita y un nombre para tal incondicionado ha sido el de dignidad. Una noción aprendida en la experiencia de la vida histórica, forjada a lo largo de diversas tradiciones, no inventada de la nada. La conexión de la noción de dignidad con el momento de lo incondicionado se sigue manteniendo explícita o implícitamente en muchas declaraciones y cuando se debaten aspectos éticos y jurídicos en todos los campos donde hay que dirimir conflictos graves, por ejemplo, en los últimos tiempos continuamente en cuestiones biomédicas, políticas y sociales. El punto crucial es siempre la protección de la dignidad humana. Porque en ella se cree encontrar el principio de los derechos humanos fundamentales o el valor jurídico fundamental para muchos debates y razonamientos, incluso los constitucionales. Pero muchos siguen pensando que es una fórmula vacía, porque en definitiva afirmar la dignidad equivale a sostener una instancia incondicionada, pero todavía hace falta conectarla con contenidos concretos y fundamentarla debidamente, cosas ambas difíciles, porque ¿qué contenidos son los que garantizan la protección de la dignidad humana?, ¿qué acciones atentan contra ella? ¿De qué es digno el ser humano y por qué?
En lo que concierne al contenido, las propuestas más relevantes de filosofía moral y política contemporánea se esfuerzan por precisarlo recurriendo a los derechos humanos, los "bienes primarios" (Rawls), la "igualdad de recursos" (Dworkin), las "capacidades básicas" (Sen), cuyo fin es empoderar a cada una de las personas y hacer realmente posible su libertad y su propia autorrealización.
Y, en cuanto al fundamento, rebasando su aceptación como una mera "creencia" o como una afirmación fáctica presuntamente autoconstituyente (pero impulsada por una funcionalidad pragmática), muchos siguen usando el concepto de dignidad humana con una carga metafísica, aun cuando en la época en que nos encontramos, oficialmente declarada postmetafísica, se presenta a menudo con carácter criptometafísico.
Un enfoque filosófico a la altura de nuestro tiempo tiene que pensar -también el concepto de dignidad- desde una "hermenéutica crítica", en la que se articulan dos lados: 1) el aspecto experiencial (incluso el componente sensible, emotivo, institual) del concepto, en el que se fusionan los horizontes históricos y culturales de los que se nutre (fusión de contenidos religiosos, humanistas, ilustrados, emancipadores, científicos), y 2) el aspecto transcendental, que a través de la reflexión ha sido capaz de descubrir el momento incondicionado de la razón y su configuración como categoría antroponómica en virtud de su contenido de libertad para autolegislarse.
El lector avispado puede sacar sus propias conclusiones para el análisis del momento político y social que está sucediendo en nuestro país. En una segunda reflexión entraremos de lleno en la tradición teológica sobre la cuestión de la dignidad. Menos popular y con peor prensa pero no por ello menos necesaria. Lo urgente no deja tiempo para lo necesario. Mafalda dixit.
Blas Silvestre
Bibliografía
Jesús Conill, La dignidad, ¿un concepto vacío? Eidon, 11, 2003.
W. Gadamer, Verdad y método, Sígueme, Salamanca, 2000.